Herramientas de Control Social o Ciudadano
en la República Dominicana
• Ley de Acceso a la Información Pública (Ley 200-04), reglamento aprobado por el Decreto 130-05): que consagra el derecho de los ciudadanos y ciudadanas de pedir y obtener información
de los actos de cualquier órgano del Estado.
• Comisiones de Auditoria Social (Decreto 39-03, reglamento aprobado por la Resolución 01-03 del Departamento de Prevención y Combate a la Corrupción Administrativa): Permite que la ciudadanía se organice en comisiones con el propósito de supervisar el proceso de construcción
de obras dispuestas por el poder ejecutivo.
• Derecho de petición municipal (Ley 176-07, Artículo 232) Consagra el derecho de presentar tanto a la Sindicatura como al Concejo municipal, solicitudes, peticiones y reclamos. También propuestas de carácter normativo (que es el derecho a la iniciativa legislativa a nivel municipal, derecho que todavía no existe a nivel del Congreso).
• Referéndum municipal y el plebiscito municipal (Ley 176-07, Artículo 233 y 234). A instancias del 5% de los ciudadanos y ciudadanas de un municipio o por resolución del Concejo
se somete a consulta de toda la ciudadanía proyectos o propuestas de normativas municipales.
• Cabildo Abierto (Ley 176-07, Artículo 235): Es la sesión del Concejo de Regidores con la participación de los munícipes de una comunidad para debatir asuntos de interés esa comunidad.
• Presupuesto Participativo (Ley 176-07, Artículos 236 al 251): Es el involucramiento de los ciudadanos y ciudadanas en la determinación de la inversión anual del gobierno municipal y en la supervisión y seguimiento de la implementación de esa inversión.
• Consejo Económico y Social Municipal (Ley 176-07, Artículo 252) Es un órgano integrado por el ayuntamiento y las organizaciones de la sociedad civil para asegurar la participación ciudadana
en la gestión municipal.
• Comité de Seguimiento Municipal (Ley 176-07, Artículo 253) son órganos formados por ciudadanos y ciudadanas escogidos por sus comunidades para un fin específico, tal como velar por el buen funcionamiento de un servicio público, la buena realización de una obra pública, la idoneidad de un procedimiento de compra, la selección de un personal para un puesto municipal
y la correcta erogación de los fondos municipales.
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